Violencia de género
Orden de protección
La orden de protección tiene la finalidad de conceder, a la mujer víctima de violencia de género que presenta una denuncia, un conjunto de medidas civiles y penales como, por ejemplo, la prohibición al agresor de la entrada en el lugar en el que la persona protegida reside o trabaja, la prohibición al agresor de cualquier tipo de contacto con la persona protegida, la prohibición de acercamiento a la persona protegida a una distancia menor de la prescrita, etc.
Violencia de género
La violencia de género es la manifestación de discriminación, situación de desigualdad y relación de poder de los hombres sobre las mujeres ejercida sobre estas, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén a hayan estado ligados a ellas en análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, incluyendo todo acto de violencia física y psicológica, agresiones a la libertad sexual, amenazas, coacciones o privación arbitraria de libertad.
La Ley de Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) tiene por finalidad prever, sancionar y erradicar la violencia de género y prestar asistencia a sus víctimas.
Orden de alejamiento
La orden de alejamiento es una prohibición cautelar decretada contra el agresor, con la finalidad de proteger a la víctima, y que prohíbe a éste residir o acudir a un determinado lugar o aproximarse o comunicarse con aquella.
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